Código de Ética
(Versión 02.00-1-0018A)
Romi S.A. (“ROMI” o “la Compañía”) orienta sus negocios por un conjunto de valores que respectan los más elevados patrones éticos y morales. Todos los directores, empleados y aprendices de ROMI (“Personal”) son responsables por la propagación de esos valores, debiendo, así, conducir los negocios de la Compañía.
Son Principios y Valores fundamentales de la Romi:
• Respecto a las personas;
• Respecto al Medio Ambiente;
• Responsabilidad Social;
• Respecto a las leyes y normas vigentes;
• Respecto a los contratos de que somos parte;
• Integridad;
• Honestidad;
• Transparencia;
• Satisfacción del Cliente;
• Calidad en todo que hacemos;
• Mejoría continua;
• Innovación constante;
• Foco en resultados;
• Dedicación al trabajo;
• Crecimiento profesional;
• Disciplina, planificación, organización e implementación responsable.l.
La utilización de estos patrones éticos y morales, en el ejercicio de sus actividades empresariales, asegura la credibilidad de la Compañía ante a los distintos públicos y agentes con quien se relaciona.
La imagen positiva e íntegra de la ROMI es un patrimonio de sus accionistas, de su personal y comunidad, siendo un fruto directo del comportamiento y del compromiso, de todo su Personal, con los principios establecidos en este Código de Ética y Conducta Empresarial.
1. Aplicabilidade
Este Código de Ética y Conducta Empresarial es aplicable a todos los directores, empleados y aprendices de la ROMI (en adelante “Personal”), sus subsidiarias y sociedades controladas, y contiene reglas por las cuales este Personal debe basar sus conductas funcionales, en las relaciones internas y externas.
Los directores y funcionarios, dentro de sus áreas de responsabilidad, y durante el ejercicio de sus funciones legales y estatutarias, deben obedecer las reglas de este Código de Ética y Conducta Empresarial.
2. Conducta Personal
El Personal debe actuar en defensa de los intereses de la Compañía, respectando siempre a las leyes vigentes y a las reglas aplicables a sus actividades.
Son prácticas no toleradas, por parte de cualquier funcionario de la ROMI, las siguientes:
- Cualquier conducta que pueda caracterizarse como discriminatoria debido a raza, origen, sexo, porte de necesidades especiales, creencia religiosa o convicción política;
- Cualquier conducta que pueda caracterizarse como asedio moral, asedio sexual, ofensa, intimidación o humillación;
- Realizar cualquier tipo o especie de propaganda política o religiosa, en las dependencias de la ROMI o utilizando la condición de funcionario de la Compañía.
3. Conducta en las Relaciones
Relaciones en el Trabajo
Las relaciones en el ambiente de trabajo, en todos los sitios donde la Compañía ejerce sus actividades, deben basarse en el respecto al individuo y a su integridad moral y física, transparencia, colaboración, trabajo en grupo, crecimiento profesional, enfocando la calidad, eficiencia, eliminación de desperdicios y mejoría continua de los procesos, siempre dirigidos al interese y desarrollo de la ROMI.
Relaciones con los Clientes
Es deber de todo el Personal atender a los clientes de la Compañía con cortesía, presteza y eficiencia, teniendo en mira conocer sus necesidades, buscar su satisfacción y promover una relación mutuamente provechosa y perdurable, siempre en conformidad a las políticas comerciales y objetivos corporativos de la ROMI.
No se tolera la práctica de ofrecimiento de cualquier ventaja personal a compradores que puedan actuar como representante del cliente, o que puedan influenciar en su decisión de compra, directa o indirectamente, tales como, propinas o gratificaciones. Podrán ofrecerse brindis promocionales corporativos de la ROMI, desde que de pequeño valor, y en conformidad a las reglas internas aplicables.
La oferta de comidas a clientes como una cortesía debe hacerse de manera transparente y comedida, siempre dentro del interese de los negocios de la ROMI e de acuerdo con las reglas internas aplicables.
Todos los negocios propuestos o realizados con clientes deberán obedecer, rigurosamente, a las leyes y reglas aplicables al tipo de negocio.
Relaciones con los Proveedores y Suministradores de Servicios
La relación con cualesquier proveedores o suministradores de servicios deberá conducirse de manera ética y respetuosa.
El contrato de proveedores o suministradores de servicios debe basarse en criterios técnicos y transparentes, debiendo obedecer a las políticas y procedimientos de la ROMI, teniendo siempre como objetivo los intereses de la Compañía.
No se tolera la aceptación de cualquier ventaja personal, por representantes de la ROMI, ante los proveedores o suministradores de servicios, o que puedan influenciar en la decisión de compra de la Compañía, directa o indirectamente, tales como, propinas, gratificaciones, viajes, ofertas de empleo a parientes, etc.
Podrán aceptarse brindis promocionales corporativos, desde que de pequeño valor, y en conformidad a las reglas internas aplicables.
Todos los negocios realizados con proveedores o suministradores de servicios deberán obedecer, rigurosamente, las leyes y reglas aplicables al tipo de negocio.
Relaciones con Autoridades y Organismos Gubernamentales
Ninguna forma de pago o cualquier otro beneficio personal podrá ofrecerse a una autoridad o servidor de la administración pública directa o indirecta, sea esta federal, estadual o municipal.
Podrán ofrecerse brindis promocionales corporativos de la ROMI, desde que de pequeño valor y en conformidad a las reglas internas aplicables.
Relaciones con los Accionistas y los Inversionistas
La relación de la Compañía con sus accionistas e inversionistas debe basarse en la comunicación precisa, transparente, isonómica y oportuna de informaciones relevantes, que les permitan acompañar las actividades y desempeño de la Compañía, obedeciendo a los procedimientos legales aplicables.
La relación con los accionistas y con los inversionistas solamente podrá hacerse a través del Director de Relaciones con Inversionistas y/o por el Director-Presidente y, en situaciones específicas, por funcionarios debidamente autorizados por el Director de Relaciones con los Inversionistas o por el Director-Presidente, y en conformidad a las políticas, controles y procedimientos de la Compañía.
Relaciones con la Prensa
La relación de la Compañía con organismos de la prensa sólo debe llevarse a cabo a través del Personal autorizado, dentro de los límites de los asuntos en qué cada miembro del Personal ha sido autorizado a tratar, y celando por la creación y mantenimiento de la imagen positiva de la Romi.
Informaciones que puedan ser de especial interés de los inversionistas o accionistas sólo deben divulgarse por el Director de Relaciones con los Inversionistas y/o por el Director-Presidente.
4. Conflictos de Intereses
El Personal de la ROMI debe emplear sus mejores esfuerzos para evitar situaciones en qué sus intereses personales se oponga a los intereses de la Compañía.
Además de otras posibles situaciones, las siguientes son consideradas conflictivas con los intereses de la ROMI:
- Uso del cargo, del tiempo remunerado o recursos de la ROMI, para obtener facilidades o cualquier otra forma de ventaja o beneficio para sí mismo o para terceros, sin ser del interés de la Compañía;
- Tener otros empleos o actividades paralelas, remuneradas o no, que perjudiquen el ejercicio eficiente de sus funciones en la ROMI;
- Representar la Compañía en las relaciones con empresas en qué el funcionario tenga participación o alguna otra forma de interés, directo o indirecto, que pueda influenciar su decisión.
Si se identifica una situación dónde ha conflicto de intereses personales con los intereses de la Compañía, el funcionario deberá comunicar, inmediatamente, este hecho a su superior, que deberá tomar las medidas necesarias, teniendo como objetivo preservar los intereses de la Compañía y/o conducir el asunto a la Directoria.
5. Informaciones Confidenciales
Estricta confidencialidad debe guardarse acerca de cualquier información sigilosa o estratégica de la Compañía, no debiendo divulgarlas a terceros, excepto cuando de estricto interés empresarial de la ROMI o en el cumplimiento de las reglas legales, y sólo a través de personal autorizado por la Compañía;
Como informaciones confidenciales se consideran los datos técnicos y comerciales sobre los productos, objetivos, tácticas y estrategias de negocios y de comercialización, presupuestos, planificación de corto y largo plazo, volumen y condiciones de ventas, resultados de investigaciones, datos estadísticos, financieros, contables y productivos, así como cualesquier otras informaciones o datos que estén vinculados o relacionados con el interés de la Compañía;
El Personal de la ROMI debe celar para que informaciones confidenciales o restrictas de terceros, que estén disponibles a la Compañía, sean tratadas con la adecuada confidencialidad;
sonal de la ROMI tiene responsabilidad ética y legal en resguardar informaciones confidenciales que estén bajo su guarda, aunque después de su desvinculación de la Compañía.
6. Patrimonio de la Compañía
El Personal de la ROMI, en sus acciones dentro y fuera del ambiente corporativo, debe proteger el patrimonio físico e intelectual de la Compañía, que incluye su marca y demás bienes intangibles, bienes móviles e inmóviles, tecnología, estrategias de negocios y de comercialización, informaciones, investigaciones y datos;
Ese patrimonio no puede utilizarse para la obtención de ventajas personales ni suministrado a terceros, para cualquier finalidad, excepto los dispositivos de contrato celebrados en conformidad a las reglas internas de la Compañía.
7. Responsabilidad Social
Es principio de la ROMI actuar siempre con responsabilidad social junto a las comunidades donde está presente, debiendo, su Personal, respectar los intereses de esas comunidades y del país;
El Personal de la ROMI debe esforzarse para establecer una buena relación con las comunidades dónde la Compañía actúa, contribuyendo, siempre que posible y observando los valores corporativos de la ROMI, para el desarrollo de dichas comunidades.
8. Medio Ambiente
Considerando que la ROMI tiene como uno de sus principios fundamentales el respecto al medio ambiente, todo el Personal debe, en el ejercicio de sus atribuciones, tener compromiso con la preservación del medio ambiente y con la adopción de acciones que busquen mejorar la calidad de vida del ser humano;
Todos los negocios de la ROMI deben conducirse en total conformidad a las leyes ambientales, con la búsqueda de perfeccionamientos en sus procesos operacionales, dentro del concepto de desarrollo sustentable.
9. Divulgación y Procedimientos
Los directores, gerentes, gerentes de subsidiarias y jefes deberán transmitir a sus respectivos subordinados las reglas constantes de este Código de Ética y Conducta Empresarial, de manera que él tenga amplia divulgación en el ambiente de trabajo, y también deberán celar por su sumisión, presentando a la Directoria recomendaciones para su actualización y mejoría.
Dudas específicas acerca de situaciones concretas sobre la aplicación o interpretación de las reglas constantes de este Código deberán ser dirigidas al superior jerárquico inmediato que, por su vez y si necesario, llevará la cuestión al conocimiento de la Directoria.
El Personal de la ROMI que tiene conocimiento de cualesquier acciones, hechos o prácticas que violen el presente Código, deberán informarlos a su superior jerárquico o, si necesario, a la Directoria o al Consejo de Administración.
Dudas y violaciones al presente Código también podrán ser dirigidas directamente a la Directoria o al Consejo de Administración.
Violaciones a ese Código son susceptibles a penalidades disciplinarias previstas en las reglas de la ROMI, incluyendo la posibilidad de demisión, según lo que pueda venir a determinarse por la Directoria.
La gestión de ese Código es responsabilidad del Consejo de Administración, en lo que se refiere a la Directoria, y de la Directoria, en lo que se refiere a los empleados y aprendices. La Directoria será responsable por proponer, al Consejo de Administración, recomendaciones para mejorías, teniendo como objetivo su permanente actualización.